Servicio Técnico Extintores (STE) Certificación Obligatoria

El nuevo Decreto Supremo N°44  entra en vigencia en febrero de 2020, REGLAMENTO QUE ESTABLECE REQUISITOS DE SEGURIDAD Y ROTULACIÓN DE EXTINTORES PORTÁTILES.

 

Además, hace referencia en su Artículo N° 26 que los Servicios Técnicos de Extintores (STE) deben realizar mantenimientos y recargas a los extintores conservando las características técnicas originales del equipo, utilizando partes y piezas de acuerdo al manual del fabricante o importador.

Por lo tanto, los STE solo podrán realizar el servicio de acuerdo a las instrucciones contenidas en el manual del fabricante o importador del extintor, utilizando los repuestos originales a fin de mantener las características técnicas originales del equipo, caso contrario el extintor pierde automáticamente su certificación.

Los STE deben considerar para el desarrollo de sus funciones lo establecido en DS 44, lo que no esté contemplado en este reglamento debe ser lo dispuesto por las siguientes Normas Chilenas y sus anexos.:

  • NCh 2056-2008   Extintores Portátiles – Inspección, mantenimiento y recarga
  • NCh 3268-2012   Extintores Portátiles – Servicio Técnico -Requisitos.